Uno de los objetivos prioritarios de la Administración es la lucha contra el
uso fraudulento por parte de las empresas de la figura del trabajador autónomo, pues se ha convertido en uno de los problemas que en el ámbito laboral más ha crecido y más preocupa.
encajar en una relación laboral encubierta denominada como falso autónomo.
pese a que continúen la misma actividad laboral o mantengan idéntica prestación de servicios, sirviéndose de un alta indebida en un régimen de trabajadores por cuenta propia. A estos efectos se considerará una infracción por cada uno de los trabajadores afectados». Las multas previstas van desde un mínimo de 3.126 euros hasta un máximo de 10.000.
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores atribuye a la relación existente entre quien presta un servicio retribuido y quien lo recibe, una presunción iuris tantum de laboralidad. Por su parte, el artículo 1 del mismo marco normativo, delimita la relación laboral indicando que la Ley será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario.
con una contrapartida, que es la remuneración. En un contrato de trabajo concurren unas notas específicas que lo diferencian del anterior, la ajenidad y la dependencia.
Los contratos escritos con un contenido idéntico pueden encubrir una relación laboral o un contrato de arrendamiento de servicios. El nombre elegido por las partes (contrato de trabajo o arrendamiento de servicios) no es determinante en la calificación de su verdadera naturaleza.
sometimiento a un horario, el desempeño personal del trabajo; la inserción del trabajador en la organización de la actividad… entre otros.
beneficios.
arreglo a un criterio que guarde proporción con la actividad prestada…
practicada. La realidad debe prevalecer sobre lo que el propio contrato señala. Ya sabemos que «los contratos son lo que son, y no lo que las partes dicen que son».
empresas.
Por otra parte, la «denominación» del contrato no es un elemento que determine la naturaleza del vínculo:
denominaron «de arrendamiento de servicios de asistencia jurídica«. En este caso el letrado acudía un día a la semana del Instituto a una hora fija, habitual de oficina, y se comprometía a asistir a reuniones del Consejo de Administración. Aquí el tribunal señalo que «juega a favor de la relación laboral el hecho de que la retribución obedezca a un parámetro fijo».
Lo más importante es que para la Sala la nota de la dependencia aparecía fuera de toda duda, pues el letrado se encontraba en dependencia directa del Gerente, estaba sujeto a horario, y disfrutaba de vacaciones anuales (pagadas), además utilizaba los medios de la empleadora (ordenador).
En el sector de los repartidores es muy frecuente la existencia de trabajadores autónomos:
fijaba la empresa, recibiendo él la misma cuantía.
Sus retribuciones mensuales eran distintas. Podía ausentarse del servicio cuando quisiera. En suma, el empresario únicamente imponía las tarifas, el lugar de prestación del servicio y la App con la que trabajan, pero es el empleado el que asume el riesgo y ventura de la operación.
Los «falsos autónomos» en el sector de la construcción, y más concretamente en el de las reformas:
integrantes de su «cuadrilla» a través de falsos contratos mercantiles, lo que les ahorra algunos costes. El TSJ del País Vasco, en sentencia de 10 de abril de 2018, condenó a un empresario autónomo, dedicado a la realización de trabajos de pintura, a abonar una indemnización por accidente de trabajo a un miembro de su equipo, contratado como falso autónomo, pues
se acreditó judicialmente la relación laboral. Por cierto, se declaró la responsabilidad exclusiva del empresario y la absolución de la compañía de seguros, al tratarse de una póliza de responsabilidad civil general que no conlleva el aseguramiento específico de la responsabilidad civil patronal.
En las relaciones de los agentes comerciales:
para ello analiza las diferencias entre el contrato mercantil de agencia y la relación laboral por cuenta ajena. Los comerciales se dedicaban a la promoción de libros de texto editados por la empresa en centros escolares. El Tribunal tuvo en cuenta que los trabajadores NO asumían el riesgo y ventura de las operaciones, que trabajaban en el local de la empresa y estaban sujetos a un horario.
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Diferencias TRADE y falso autónomo. Los trabajadores autónomos económicamente dependientes
-TRADE- son aquellos que realizan una actividad económica o profesional como cualquier otro autónomo, pero con la característica de que dependen económicamente de un único cliente, al percibir por lo menos el 75 por ciento de sus ingresos de ese cliente. Además, deben cumplir una serie de requisitos que se establecen en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
examinado por el TSJ Castilla La Mancha, que en sentencia de 3 de mayo de 2011, consideró laboral la relación existente entre trabajador y empresa. Se trataba de un subcontratado -peón- para la retirada de tendido eléctrico, que sufre un gravísimo accidente por descarga eléctrica. A pesar de la insistencia de la empresa en que se trataba de un TRADE, la Sala considera claro que la relación existente entre las partes era de naturaleza laboral, bajo dependencia y control de la empresa, ejecutando su trabajo de forma indiferenciada con los
trabajadores por cuenta ajena de la misma empresa.
improcedente pues la relación que realmente vinculaba a las partes era de naturaleza laboral. El falso autónomo prestaba servicios para una sola empresa, realizando tareas de mantenimiento y reparación de máquinas embaladoras. Se excluyó la existencia de TRADE y de Autónomo pues el trabajador no contaba con infraestructura propia ni con un sistema organizativo de su trabajo, actuando según demanda y reclamo de la empresa en una configuración del sistema operativo estructurado por ella.
Las actas de la Inspección de Trabajo tienen presunción de certeza:
2004, resolvió la demanda interpuesta de oficio a instancias de la Dirección Provincial de Trabajo. La Inspección había detectado que un empleado por cuenta ajena a través de trabajo temporal cuyo contrato concluyó un verano, fue contratado de forma mercantil, como autónomo meses después, realizando las mismas tareas.
Fuentes consultadas:
Diariolaley.laley.es/Wolters Kluwer/ Falsos autónomos: ¿Qué criterios tienen en cuenta los tribunales para determina su existencia?
Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
STS 8640/2012 – ECLI: ES:TS:2012:8640